¨Sin embargo, tratándose de la prueba ilegal, corresponde al funcionario realizar un juicio de ponderación, en orden a establecer si el requisito pretermitido es fundamental en cuanto comprometa el derecho al debido proceso, en el entendido de que la simple omisión de formalidades y previsiones legislativas insustanciales no conduce a su exclusión. Es necesario entonces, constatar en cada caso si efectivamente se produjo su lesión y cuál fue la afectación de su núcleo esencial¨https://documentcloud.adobe.com/link/review?uri=urn:aaid:scds:US:445de7e1-86b1-46c3-8c39-e91c61040d52.
